AYUDAS PARA LA FINANCIACIÓN DE PLANES DE INVESTIGACIÓN EN COOPERACIÓN EN EL ÁREA DE LA INTELIGENCIA ARTIFICIAL 2023. MINISTERIO DE UNIVERSIDADES 

PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES 

Desde el 13 de julio hasta el 15 de septiembre de 2023

RESUMEN DE LA CONVOCATORIA: 

El Ministerio de Universidades publica esta convocatoria, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Europeo (Componente 16: Estrategia Nacional de Inteligencia Artificial), para la financiación de proyectos de investigación en cooperación en el ámbito de la inteligencia artificial por parte de grupos de investigación interdisciplinares. 

Se pretende con ello fomentar el desarrollo de investigación interdisciplinar y disruptiva en el área de la inteligencia artificial, incorporando este enfoque en la cultura investigadora de España, facilitando con ello una mejor interacción entre investigadores y una mayor transversalidad de la investigación. 

Los proyectos propuestos deberán estar enmarcados en alguna de las siguientes ÁREAS TEMÁTICAS:

  1. Inteligencia artificial y desafíos teórico/técnicos.
  2. Inteligencia artificial y cognición.
  3. Inteligencia artificial y algorítmica avanzada.
  4. Inteligencia artificial en sistemas físicos.
  5. Inteligencia artificial e interacciones humano-máquina.
  6. Inteligencia artificial y desafíos sociales y políticos.
  7. Inteligencia artificial e impacto ambiental.
  8. Inteligencia artificial y tecnologías del lenguaje.
  9. Inteligencia artificial y tecnologías cuánticas.
  10. Nuevas aplicaciones de la Inteligencia artificial. 

La convocatoria cuenta con un presupuesto de 31 millones de euros en forma de subvención. El importe máximo de la ayuda será de 2 millones de euros para cada agrupación de investigación interdisciplinar, formado por universidades o centros de investigación. De los 31 millones del presupuesto de la convocatoria, 30M€ se destinarán a entidades públicas y un millón a entidades privadas. 

Podrán financiarse un máximo de tres planes de investigación de cada área temática con objeto de favorecer la transversalidad de las actuaciones. Podrá haber, no obstante, áreas temáticas con menos o ningún plan de investigación financiado en función del número de solicitudes recibidas y su valoración.

REQUISITOS DE LOS SOLICITANTES

Podrán tener la condición de entidades beneficiarias las siguientes, siempre que cuenten con personalidad jurídica propia, estén válidamente constituidas y tengan residencia fiscal o establecimiento permanente en España:

  • Organismos públicos de investigación (OPIs).
  • Universidades públicas, sus institutos universitarios, y las universidades privadas con capacidad y actividad demostrada en I+D+i.
  • Institutos de Investigación Sanitaria acreditados.
  • Centros Tecnológicos de ámbito estatal y Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica de ámbito estatal.
  • Otros centros públicos de I+D+i que en sus estatutos o en la normativa que los regule o en su objeto social, tengan la I+D+i como actividad principal.
  • Centro privado de I+D+i que tengan definida en sus estatutos o en la normativa que los regule o en su objeto social la I+D+i como actividad principal.

Requisitos de los investigadores

El personal participante en la agrupación de investigación interdisciplina deberá ajustarse a la siguiente composición:

  • DE DOS A TRES INVESTIGADORES PRINCIPALES que lideren el plan de investigación propuesto, pertenecientes a disciplinas académicas distintas. Los investigadores principales deberán contar con una experiencia investigadora mínima de diez años en el área de investigación que constituya su especialidad a contar a partir de la fecha de obtención de su título de doctor en esa área, o bien con un historial de logros tempranos excepcional, en el caso de investigadores jóvenes con menos de diez años de experiencia.

Los investigadores principales deberán estar en posesión del certificado I3, o en su defecto acreditar el cumplimiento para ser investigador/a R4-Investigador/a principal-, según el Marco Europeo de la Carrera Investigadora.

  • AL MENOS TRES COLABORADORES EXPERTOS. Cada investigador colaborador experto deberá contar con una experiencia investigadora mínima de tres años en el área de investigación que constituya su especialidad a contar a partir de la fecha de obtención de su título de doctor en esa área. Los investigadores colaboradores podrán estar adscritos a otros centros de investigación o universidades diferentes, siempre respetando los requisitos de cuota de participación de cada universidad o centro de investigación.

Los investigadores colaboradores deberán estar en posesión del certificado I3, o en su defecto acreditar el cumplimiento para ser investigador/a R3-Investigador/a consolidado/a-, según el Marco Europeo de la Carrera Investigadora.

  • AL MENOS TRES INVESTIGADORES DOCTORES. Cada investigador doctor deberá contar con una experiencia investigadora de hasta cuatro años en el área de investigación que constituya su especialidad a contar a partir de la fecha de obtención de su título de doctor en esa área. Cada uno de ellos estará tutelado por un investigador principal o colaborador experto, no pudiendo tutelar un investigador principal o colaborador experto más de un investigador contratado. Cada investigador doctor deberá estar adscrito a la misma universidad o centro de investigación que el investigador que lo tutela.

Los investigadores doctores deberán acreditar el cumplimiento para ser investigador/a R2-Investigador/a reconocido/a-, según el Marco Europeo de la Carrera Investigadora.

  • AL MENOS TRES PERSONAS EN FORMACIÓN DOCTORAL. Cada una de ellas estará tutelada por un investigador principal o colaborador, no pudiendo tutelar un investigador principal o colaborador más de una persona en formación doctoral. Cada persona en formación doctoral deberá estar adscrita a la misma universidad o centro de investigación que el investigador que lo tutela.

El personal en formación doctor deberán acreditar el cumplimiento para ser investigador/a R1-Investigador/a inicial-, según el Marco Europeo de la Carrera Investigadora.

Ningún personal investigador ni personal de formación doctoral podrá formar parte de más de un grupo interdisciplinar que se presente a la convocatoria de ayudas, ni por lo tanto participar en más de una solicitud de la presente convocatoria.

Además, las agrupaciones deberán reunir los siguientes requisitos en su composición:

  • Entre un 30 % y un 50 % de personal integrante de la agrupación de investigación interdisciplinar propuesto deberán tener como área de especialidad un área de investigación relacionada directamente con la inteligencia artificial. Los investigadores principales podrán pertenecer a cualquier área de especialidad, no necesariamente a un área relacionada con la inteligencia artificial.
  • Ninguna universidad o centro de investigación podrá aportar más de un 40 % del total de los investigadores que forman parte de la agrupación de investigación interdisciplinar, incluyendo para la contabilidad de investigadores a estos efectos a los investigadores principales, los investigadores colaboradores expertos, los investigadores doctores y el personal en formación doctoral.
  • Las agrupaciones de investigación interdisciplinar deberán contar, al menos, con un 30 % de mujeres.

Requisitos del consorcio

Las universidades y centros de investigación que deseen realizar una propuesta de plan de investigación para ser financiada al amparo de estas ayudas deberán constituir obligatoriamente una agrupación. Para ello, con carácter previo a la formulación de la solicitud, deberán suscribir un acuerdo interno que regule su funcionamiento. 

La agrupación de universidades y centros de investigación deberá estar formada por una entidad coordinadora de naturaleza pública y entidades adicionales de naturaleza pública o privada, no pudiendo una misma entidad figurar más de una vez como integrante de la misma agrupación bajo filiales o distintos domicilios sociales.

Los planes de investigación deberán ejecutarse de manera conjunta, siendo entidades beneficiarias de la subvención todos los miembros de la agrupación que aglutina los centros de investigación y universidades a los que se adscriben los investigadores que constituyen la agrupación de investigación interdisciplinar.

Los grupos de investigación interdisciplinares seleccionados se conformarán como una red y participarán en las actividades de formación, divulgación, reflexión e intercambio que se organicen en el marco de esta red.

CUANTÍA: 

Máximo 2.000.000€/agrupación.

DURACIÓN: 

Dos años (no pudiendo ser la finalización posterior al 31 de diciembre de 2025, en ningún caso).

WEB DE LA AYUDA: 

https://www.universidades.gob.es/ayudas_cooperacion_ia/