AYUDAS PARA EL FOMENTO DE LA INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA DE EXCELENCIA, MARÍA DE GUZMÁN 2025. FECYT, FUNDACIÓN ESPAÑOLA PARA LA CIENCIA Y LA TECNOLOGÍA
PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
Desde el 01 de julio hasta el 30 de septiembre de 2025 a las 13:00h (horario peninsular)
RESUMEN DE LA CONVOCATORIA:
Ayudas de la FECYT para la realización de actuaciones en el ámbito del fomento de la investigación científica de excelencia y de la ciencia abierta, en apoyo a los diferentes agentes que operan en el Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación, y que se desarrollen a través de las siguientes líneas de actuación:
- Línea 1: Gestión y medición de resultados de investigación (3.000.000€).
Dentro de esta línea de actuación se financiará parcialmente la adquisición para 2025 del acceso a las bases de datos de referencias bibliográficas multidisciplinares con citas e impacto propio, que favorezcan una óptima gestión y medición de resultados de investigación en el seno de las propias entidades. Se podrá financiar hasta una cuantía máxima del 85% del coste de la suscripción de la anualidad 2025, de la base de datos de referencias bibliográficas multidisciplinares con citas e impacto.
- Línea 2: Ciencia abierta (3.000.000€).
Dentro de esta línea de actuación se financiarán parcialmente actuaciones destinadas al fomento y creación de bienes y servicios públicos que favorezcan la ciencia abierta a través de la mejora de la capacitación tecnológica, la calidad y la interoperabilidad de las infraestructuras institucionales de difusión, almacenamiento, preservación y gestión de la información científica. Concretamente, se financiarán:
a. Todas aquellas acciones destinadas a incrementar el grado de cumplimiento, implementación, alcance y conocimiento de los estándares nacionales e internacionales de calidad e interoperabilidad de los repositorios institucionales de acceso abierto, así como las medidas destinadas a incrementar el depósito, accesibilidad y preservación de la producción científica y a favorecer la implementación de las políticas de ciencia abierta a través de esta infraestructura.
b. Todas aquellas acciones llevadas a cabo por los servicios de publicaciones institucionales o por las entidades de edición técnica y gestión editorial destinadas a incrementar el grado de cumplimiento, implementación, alcance y conocimiento de los estándares nacionales e internacionales de calidad editorial e interoperabilidad tecnológica de la edición académica, así como las medidas destinadas a favorecer la implementación de las políticas de ciencia abierta a través de ellas.
c. Todas aquellas acciones destinadas a incrementar el grado de cumplimiento, implementación, alcance y conocimiento de los estándares nacionales e internacionales de calidad e interoperabilidad de los sistemas de gestión de la investigación institucionales (CRIS1, por sus siglas en inglés) y los sistemas de gestión curricular, además de las medidas destinadas a mejorar los servicios de gestión de la información científica a nivel institucional y a favorecer la implementación de la ciencia abierta a través del desarrollo de esta infraestructura científica.
Las ayudas concedidas en esta línea de actuación 2, podrán financiar hasta una cuantía máxima del 85% del presupuesto total del proyecto presentado en la solicitud con un límite máximo de 170.000 euros por solicitud.
REQUISITOS DE LOS SOLICITANTES
Podrán tener la condición de beneficiarias de las ayudas objeto de esta convocatoria, las siguientes entidades con personalidad jurídica propia, siempre que estén válidamente constituidas y tengan residencia fiscal o establecimiento permanente en España:
- Los Organismos Públicos de Investigación (OPIs) de la Administración General del Estado.
- Las Universidades públicas y privadas con capacidad y actividad demostrada en I+D+i.
- Las Instituciones públicas o privadas que gestionen y proporcionen recursos científicos de forma agregada a las diferentes entidades e instituciones sanitarias públicas y privadas vinculadas o concertadas con el Sistema Nacional de Salud, que desarrollen actividad investigadora.
Adicionalmente, para la línea de actuación de Ciencia Abierta (línea 2) podrán tener también la condición de beneficiarias de las ayudas las siguientes entidades con personalidad jurídica propia, siempre que estén válidamente constituidas y tengan residencia fiscal o establecimiento permanente en España:
- Institutos de investigación sanitaria acreditados.
- Centros Tecnológicos de ámbito estatal y Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica de ámbito estatal.
- Centros públicos de I+D que en sus Estatutos o en la normativa que los regule o en su objeto social tengan a la I+D+i como actividad principal.
- Centros privados de I+D que tengan definida en sus Estatutos o en la normativa que los regule o en su objeto social a la I+D+i como actividad principal.
- Cualesquiera otras personas jurídicas, públicas o privadas, que realicen actividades de I+D+i, o generen conocimiento científico o tecnológico, o faciliten su aplicación y transferencia. Estas funciones deberán estar definidas en sus estatutos o en la normativa que los regule o en su objeto social.
CUANTÍA:
6.000.000€DURACIÓN:
Dos años.WEB DE LA AYUDA:
https://convocatoriamariadeguzman.fecyt.es/Publico/index.aspx