Donaciones Económicas a la Investigación

La Fundación para la Investigación Biomédica del H.U. Puerta de Hierro-Majadahonda, como entidad sin ánimo de lucro, acogida a la Ley 49/2002 del Régimen fiscal de Entidades sin ánimo de lucro e incentivos al mecenazgo, gestiona todas las aportaciones que se realizan para la Investigación del H.U. Puerta de Hierro-Majadahonda.

Cualquier persona física o Entidad jurídica puede contribuir directamente en el avance médico a través de aportaciones económicas.

Estas donaciones permiten financiar las Líneas de Investigación del Instituto Investigación Sanitaria Segovia de Arana.

Gracias a su apoyo económico, las ideas y proyectos de nuestros Investigadores pueden llevarse a cabo, teniendo como objetico prioritario, la mejora en la calidad asistencial a nuestros pacientes.

  1. Puede realizar la Donación mediante transferencia bancaria, al siguiente número de cuenta:
    • Titular: Fundación para la Investigación Biomédica del Hospital Universitario Puerta de Hierro-Majadahonda
    • Entidad Financiera: CAIXABANK
    • IBAN: ES81   2100   4065   18   2200092256
    • Concepto: DONACIÓN. Indicar Investigador al que va dirigida la Donación
  2. Una vez haya efectuado el ingreso, y para que se haga efectiva la Donación, debe remitir los siguientes datos a la dirección de e-mail mfotero@idiphim.org (Mercedes Fdez.), o bien a la dirección secretaria@idiphim.org (Mª Jesús Propios).
  • Nombre y apellidos o Razón Social
  • NIF o CIF
  • Dirección fiscal
  • Cantidad aportada
  • Teléfono de contacto
  • Investigador, Grupo o Línea de Investigación al que va dirigido el donativo

Personas físicas. Deducción en la cuota íntegra del IRPF:

  • Hasta 150 €. Deducción del 80%
  • Exceso sobre 150 €:
    • Deducción del 35% si en los dos ejercicios anteriores no se ha realizado aportación alguna a la Fundación.
    • Deducción del 40%, si en los dos ejercicios anteriores se han hecho donativos a la Fundación iguales o superiores

Entidades. Deducción en la cuota íntegra del IS:

  • Deducción del 35% si en los dos ejercicios anteriores no se ha realizado aportación alguna a la Fundación.
  • Deducción del 40%, si en los ejercicios anteriores se han hecho donativos a la Fundación iguales o superiores

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